EFEMÉRIDES PERIANENSES
Por
José Manuel Frías Raya
2 DE OCTUBRE
MIÉRCOLES
2 DE OCTUBRE DE 1907
El administrador de
Hacienda, Fernando Ruiz de Grijalba, notificó al Ayuntamiento de Periana que si
en el plazo improrrogable de tres días no remitía los apéndices de
amillaramiento para el año 1907, le sería impuesta una multa de cien pesetas.
SÁBADO
2 DE OCTUBRE DE 1915
La Junta Municipal
del Censo Electoral de Periana, presidida por José Guerrero Bolaños, designó
por sorteo vocal de la misma como mayor contribuyente por el concepto de
industrial a Miguel Sarnin Chislaque y suplente
a José Ruiz Benítez.
MIÉRCOLES
2 DE OCTUBRE DE 1918
El gobierno civil de
la provincia de Málaga informó que durante el mes de agosto le fue concedida
licencia para el uso de armas a Bartolomé Clavero Moreno y de caza a Lope López
de Vinuesa y Antonio Mata Carrera, vecinos de Periana.
MARTES
2 DE OCTUBRE DE 1962
MINISTERIO
DE TRABAJO
Delegación
Provincial de Málaga
RESOLUCIÓN de 2 de
octubre de 1962, por la que se aprueba el Convenio Colectivo Sindical regulando faenas agrícolas
en el término municipal de Periana.
Visto
el Convenio Colectivo Sindical acordado entre representantes Sindicales de los
empresarios y trabajadores de la actividad agrícola del término municipal de
Periana, referente a la regulación de faenas en la Reglamentación Provincial
Agrícola, presentado en esta Delegación Provincial de Trabajo por la Delegación
Sindical en esta capital; y teniendo en cuenta las atribuciones que me están
conferidas por la Ley de 24 de abril de 1958 y su Reglamento de 22 de julio del
mismo año.
Esta
Delegación Provincial de Trabajo ha tenido a bien disponer:
1º.-
Aprobar el expresado Convenio Colectivo Sindical regulando los trabajos en las
faenas agrícolas para el término municipal de Periana.
2º.-
Disponer, una vez firme esta resolución, la inserción del referido Convenio en
el “Boletín Oficial” de la Provincia de Málaga.
Así
lo acuerdo, mando y firmo en Málaga a dos de octubre de mil novecientos sesenta
y dos.
El Delegado Provincial de Trabajo.
Ricardo Villegas Herrera.
CONVENIO
COLECTIVO A QUE SE REFIERE LA RESOLUCIÓN QUE ANTEDECE
Cláusulas:
Primera.- El presente Convenio afecta a
todas las empresas agrícolas del término municipal de Periana y a todos los
trabajadores del campo que presten sus servicios en las mismas.
Segunda.- El presente Convenio se
refiere a la regulación de las faenas de recolección de algarrobas en la actual
campaña, faena que no aparece regulada en el Convenio Colectivo Sindical
Agrícola establecido en esta localidad y publicado en el B.O. de la provincia
número 66 de fecha 19 de marzo del año 1961
Tercera.- El personal comprendido
percibirá las siguientes remuneraciones:
Vareadores,
65 pesetas diarias, jornada completa de trabajo.
Recogida: Mujeres, 32
pesetas diarias, jornada completa de trabajo; menores, 32 pesetas diarias,
jornada completa de trabajo.
Igualmente
se comprometen las empresas a facilitar a sus trabajadores, además de las
anteriores retribuciones, los “avíos” según uso y costumbres de la localidad.
Cuarta.- Los salarios anteriores
señalados tienes el carácter de graciables y no se computarán a efectos de
Seguros Sociales, aunque si para el de accidentes de trabajo.
Quinta.- Las condiciones señaladas en
el texto de este Convenio no llevarán consigo aparejada la subida en el precio
de los artículos.
Sexta.- Conforme a lo previsto en el
Artículo 12 de la Orden de 8 de mayo de 1961, se expresa declaración de la
existencia de dificultades de orden técnico y práctico para la fijación de
rendimientos correlativos a los salarios establecidos por este Convenio, si
bien dado su carácter de ensayo, se observarán los resultados que se obtengan
para en el futuro confeccionar las tablas de rendimientos.
Séptima.- Se conviene la duración de
este Convenio por un año, prorrogable por otro, si no se denuncia previamente
por cualquier de las partes, Económica o Social, con tres meses de antelación a
su vencimiento y su entrada en vigor será a contar de la fecha de su
publicación en el “Boletín Oficial” de la Provincia de Málaga.
El
Delegado Provincial de Trabajo, Ricardo Villegas Herrera.
No hay comentarios:
Publicar un comentario