lunes, 24 de junio de 2013

Sucedió en Periana tal día como hoy hace 116 años.



SUCEDIÓ EN PERIANA HACE 116 AÑOS
CONSTRUCCIÓN DEL CEMENTERIO DE PERIANA

JUEVES 24 DE JUNIO DE 1897

La alcaldía de Periana, presidida por Rafael Núñez Barroso, hizo público el siguiente edicto.
En virtud de lo acordado por el Ayuntamiento de mi presidencia se ha señalado el día dos de julio próximo a las doce de la mañana para la adjudicación en pública subasta a suerte y ventura de las obras de construcción de un cementerio municipal bajo el tipo de 9486 pesetas 38 céntimos importe del presupuesto de contrata.
La subasta se celebrará según los términos prevenidos por el Real Decreto de 4 de enero de 1893, simultáneamente en Málaga ante el Excmo. Sr. Gobernador civil o el funcionario en que delegue y en esta Alcaldía y Concejal designado por el Ayuntamiento con asistencia del Secretario.
El presupuesto, la memoria, los planos y el pliego de condiciones económicas y facultativas se hallarán de manifiesto en la Secretaria del Ayuntamiento hasta el día de la subasta y en el Gobierno civil las copias de las condiciones facultativas y económicas.
Las proposiciones se presentarán en pliego cerrado arregladas exactamente al modelo adjunto en papel del sello clase 12º acompañando la cédula personal y la carta de pago del Depósito provincial de que trata la condición 2ª de las económicas.
Los pliegos cerrados deberán entregarse en el acto de la subasta durante su primera hora, pasada la cual el Presidente previas las demás formalidades que determina el artículo 17 del citado Real Decreto declarará terminado el acto para la admisión y que se procede al remate.
En el caso de resultar dos o más proposiciones iguales más ventajosas que las restantes hará la adjudicación provisional a favor del autor de la que tenga entre ellas el número más bajo.
Si la proposición más ventajosas de las presentadas en esta villa fuese igual a la que en las mismas condiciones se hubiese hecho en Málaga, el Ayuntamiento estará a los autores de ambas para nueva licitación dentro de un plazo que no baje de diez días ni exceda de quince, señalándose el día y hora en que deban comparecer y verificándose esta licitación con arreglo a las prescripciones señaladas por el art. 18 del referido Real Decreto.

Modelo de proposición

Don………vecino de…….enterado del expediente relativo a la construcción del nuevo Cementerio para la villa de Periana, así como de los planos del proyecto, presupuesto y pliego de condiciones facultativas y económicas que le acompañan, se compromete a ejecutar estas obras por la cantidad de…..(pesetas en letra) sujetándose a las condiciones  que en el mismo se expresan.
Fecha y firma del proponente.

Condiciones económicas.

1ª.- La subasta para la construcción del nuevo cementerio será a suerte y ventura y se verificará el día y la hora que fije el Ayuntamiento, bajo las condiciones, proyecto y presupuesto formados  y aprobados para esta obra.

2ª.- Las proposiciones para tomar parte en la subasta se presentarán en pliego cerrado, acompañado de la cédula de vecindad y de la carta de pago que acredita tener depositadas la cantidad de cuatrocientas setenta y cinco pesetas en la caja del Ayuntamiento de esta villa o en las de Depósitos de esta Provincia que como fianza provisional se exigen para esta contrata cuyas proposiciones se harán con arreglo al modelo que al final se expresará.

3ª.- La subasta se celebrará en esta villa y en la Capital de Málaga, en el Gobierno civil en los términos que previene el Real Decreto de cuatro de Enero de 1883.

4ª.- Una vez adjudicada la subasta se devolverá a cada postor el pliego que hubiese presentado para que pueda retirar el depósito excepto a aquel que hubiese hecho más baja en su proposición, en el cual lo ampliará hasta novecientas cincuenta pesetas, una vez que la subasta le haya sido adjudicada a su favor.

5ª.- Aprobada la subasta, el postor a quien se le adjudique, tendrá que elevar su contrato a escritura pública, siendo de su cuenta los gastos que esta origine así como los de inserción en el boletín oficial, etc.

6ª.- El pago de la obra se efectuará en dos plazos iguales, previa certificaciones que expida el Director de las obras según expresan las condiciones facultativas.

7ª.- El contratista abonará al Director de la obra cuando cobre el primer plazo, cuatrocientas setenta y cinco pesetas por los planos del proyecto, presupuesto, condiciones, etc.; cuando perciba el segundo plazo abonará al mismo la cantidad que para la dirección, por gastos de viajes, etc.; figura en el presupuesto y antes de la recepción definitiva abonará también los honorarios que el Sr. Arquitecto Jefe de la Provincia devengue, así como los gastos de viajes que hubiese hecho, tanto para efectuar la alta inspección de esta obra, como los que haga para la recepción definitiva.

Modelo de proposición

Don….vecino de…enterado del expediente relativo a la construcción del nuevo cementerio para la villa de Periana, así como de los planos del proyecto, presupuesto y pliego de condiciones facultativas y económicas que le acompañan, se compromete a ejecutar estas obras por la cantidad de…..(pesetas en letra) sujetándose a las condiciones que en el mismo se expresan.

Condiciones facultativas

1ª.- Es objeto de esta contrata la construcción de un cementerio para la villa de Periana, con arreglo a los planos del proyecto, presupuesto y condiciones formados para la ejecución de estas obras por la cantidad de nueve mil cuatrocientas ochenta y seis pesetas, treinta y ocho céntimos.

2ª.- Todos los materiales, como son: cal, arena, yeso, ladrillo, maderas, etc.; que hayan de emplearse serán de la mejor bondad y calidad, pudiendo el Director de la obra desechar todo aquel que no reúna las condiciones necesarias para ser empleado en la misma.

3ª.- El contratista procederá a la apertura de zanjas para cimientos según los planos y replanteo que con arreglo a estos se haga al efecto profundizándolas hasta encontrar terreno suficientemente sólido acordalamientos que sean necesarios y retirando el producto de estas zanjas al sitio que se le designe. Una vez terminadas estas zanjas las llenará con mampostería, compuesta de piedra dura, cal viva y mortero de cal y arena en la proporción de dos partes de la primera por tres de la segunda.

4ª.- Terminados o enrasados los cimientos se procederá a levantar los muros del espesor que en los planos se manifiesta, cuidando de dejar la zarpa de quince centímetros a un lado y otro.  Estos muros llevaran en sus ángulos y a la distancia de diez metros de longitud, pilares de ladrillo de mayor y menor en todo su espesor.

5ª.- Todos los muros irán zaharrados, enlucidos y blanqueados por ambas caras y se terminarán en la forma que en la sección se detalla.

6º.- La capilla llevará la forma que en los planos se expresa con la armadura que también se indica.  El tejado será de teja corriente o morisca, cargando unas en otras un tercio de su longitud.

7ª.- Los cielos rasos se harán colocando las tirantas en la forma que se detalla en la sección correspondiente a las que se clavarán los listoncillos, los cuales se tenderán y enlucirán con yeso blanqueándolos después.

8ª.- Toda la carpintería en puertas y ventanas será a la flamenca de las dimensiones que en los planos se determina y del espesor que se indique el cual será proporcional a aquellos con el herraje de seguridad que se disponga.

9ª.- Las ventanas llevarán rejas de hierro dulce cuyos balaustres no bajarán de quince milímetros de diámetro.

10ª.- La solería será de baldosas de barro cocido, o sea de mazarís, bien encuadrados, sentados con mortero de cal y arena en la proporción antes expresada, asperonada y revocadas sus juntas.

11ª.- La obra se empezará a los ocho días de notificarse al contratista su adjudicación y la terminará a los dos meses después de su comienzo.

12ª.-  El abono al contratista se le hará por la cantidad en que se le adjudique, en dos plazos iguales, previa certificaciones del maestro de obras-Director, el primero cuando toda la obra esté a la altura de dos metros, y el segundo a su terminación, no pudiendo, en ningún caso, reclamar aumento alguno por daños o perjuicios, subida de precios de los materiales, o por cualquier causa que pueda alegar.

13ª.- Una vez terminada la obra se procederá a su reconocimiento y recepción provisional, la cual la efectuará el maestro de obras Director, acompañado de de la comisión que el Ayuntamiento designe al efecto, y tres meses después se procederá a la recepción definitiva, la cuál será notificada por el Sr. Arquitecto provincial o persona en quien este delegue, siendo durante este tiempo responsable el contratista de cualquier defecto que en la obra se notase, debido no al uso que de ella se halla hecho, si no por defecto de su ejecución. Una vez reparado este, si lo hubiese, se procederá a efectuar la recepción definitiva en los términos ya expresados y una vez que esté aprobada, el contratista podrá retirar la fianza que tenga constituida para la garantía de su contrato.

José Manuel Frías Raya

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