miércoles, 14 de septiembre de 2011

Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga.


LA PROTECCIÓN AL CIUDADANO, NUESTRA RAZÓN DE SER

El Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga es una institución pública cuyos fines y objetivos avanzan en una única dirección: la protección de las personas y sus bienes.

La existencia del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento que encarna el CPB Málaga para hacer frente a posibles amenazas al ciudadano y a sus bienes supone un ejemplo de vocación de servicio público hacia el fin del bienestar común.

Siempre que haya una llamada de auxilio, el Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga responde.

Historia del Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga


El Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga fue constituido el 18 de mayo de 2008 para agrupar y homogeneizar el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de la provincia, que hasta ese momento era prestado por los distintos consorcios comarcales de Antequera, Ronda y la Zona Oriental, así como el Servicio Provincial de la Diputación de Málaga.


Se alcanza así la configuración de un servicio único, homogéneo y adaptado a las necesidades de los 94 municipios y dos entidades locales autónomas que decidieron integrarse en él. Esto supone la prestación de un servicio público a lo largo de 6.515,70 kilómetros cuadrados, el 90% del territorio de la provincia de Málaga, y atender a una población censada de 548.497 habitantes.

El Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga nace como una entidad local autónoma, tal y como se desprende de sus Estatutos, que determinan los fines, el régimen orgánico, funcional y financiero, además de los órganos de decisión del mismo, que están formados por representantes de todas las entidades consorciadas en la proporción fijada por el Estatuto.

El objetivo final del CPB Málaga es garantizar a todos los ciudadanos de los municipios consorciados que ante su llamada de auxilio a los poderes públicos en una situación de incendio u otros siniestros, asistencia y salvamento de personas y protección de bienes, se les responderá de una manera inmediata y eficaz.

Para conseguir sus objetivos la organización del CPB Málaga será de ámbito casi provincial, bajo una dirección común dentro de su territorio, coordinando sus actuaciones con el resto de los servicios existentes en la provincia que pertenecen a otras administraciones. Todo ello sin olvidar la colaboración con los existentes en el resto de la Comunidad Autónoma Andaluza y de la Administración General del Estado, en el caso de que sea requerida de forma puntual, o así se establezca mediante los acuerdos preceptivos.

Quiénes lo forman


La Junta General es máximo órgano de gobierno del Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga y está compuesta por la Diputación de Málaga, 94 ayuntamientos y dos entidades locales autónomas, tal y como establecen los estatutos de la organización. El CPB Málaga no es una institución de carácter cerrado y exclusivo, sino que está abierta a cuantos ayuntamientos de la provincia quieran formar parte de ella.

El Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga cuenta en la actualidad con una plantilla compuesta por 267 personas. De ellas, 253 son bomberos distribuidos en los distintos parques y retenes de la provincia, a los que se suman el personal de administración y los operadores de sala.

Personal al servicio del CPB Málaga

Desde su creación en 2008, el Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga ha realizado una apuesta firme por configurar un equipo de profesionales con la más alta cualificación para la prestación de un servicio de vital importancia como es el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento.

El CPB Málaga cuenta con cuatro parques centrales de bomberos (Antequera, Coín, Ronda y Vélez-Málaga) y nueve retenes (Algatocín, Alhaurín de la Torre, Benahavís, Campillos, Colmenar, Manilva, Nerja, Periana y Rincón de la Victoria). En ellos están distribuidos los 253 bomberos que componen la plantilla de la institución.

La sede administrativa del Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga se encuentra en Málaga, donde se ubica el centro de trabajo del personal de administración de la institución, mientras que los operadores de sala se encuadran dentro del parque central de Vélez-Málaga.

Organigrama

 
Miembros de la Junta General
La Junta General es el órgano supremo de gobierno del Consorcio Provincial de Bomberos de Málaga y está compuesta por todos los Alcaldes de cada uno de los entes locales consorciados, el Presidente de la Diputación y tres Diputados Provinciales designados por el Pleno de la Diputación. Tanto los Alcaldes como el Presidente y el Pleno de la Diputación podrán designar un representante que supla las ausencias, enfermedades y vacantes de los titulares.



Las competencias de la Junta General se agrupan en los siguientes apartados:

a) De orden general:

Elegir de entre sus miembros representantes de los entes locales Consorciados los vocales que hayan de integrar el Consejo de Dirección.

Aprobar o proponer a las entidades consorciadas las modificaciones de los Estatutos.

Aprobar la adhesión o separación del Consorcio de algún miembro.

Aprobar el plan de acción provincial.

Aprobar los Reglamentos de Régimen Interior y de Servicios.

Aprobar los convenios de colaboración con Organismos, Entidades o Asociaciones, en orden al desarrollo de los fines previstos en estos Estatutos, si ello supusiera una modificación notable de los servicios implantados, un aumento de los gastos o una disminución de los ingresos previstos en los presupuestos.

Aprobación de la memoria anual.

Adquisición y enajenación de bienes de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente.

Acordar la disolución del Consorcio.

Controlar la actuación de los restantes órganos de gobierno del Consorcio.

Determinar la concreción exacta del número de votos de cada ente consorciado para el ejercicio siguiente.

b) En materia económica:

Aprobar el Presupuesto y las modificaciones que resulten de su competencia.

Determinar las aportaciones que anualmente hayan de efectuar los Entes consorciados.

Aprobar la imposición y ordenación de tasas, contribuciones especiales y cualquier contraprestación patrimonial de derecho público que procedan por la prestación de los servicios del Consorcio.

Aprobar las Cuentas del Consorcio, relativas a la gestión del Presupuesto, y la liquidación del mismo.

Concertación de las operaciones de crédito y operaciones de tesorería, cuando por su importe o duración sean competencia del Pleno de los Ayuntamientos conforme la legislación local.

Autorización y disposición del gasto dentro de los límites presupuestarios.

Las contrataciones y concesiones de toda índole cuando por su importe o duración sean competencia del Pleno de los Ayuntamientos conforme la legislación local.

Nombrar una Comisión Especial de Cuentas con representación proporcional de todos los grupos políticos con presencia en la Junta General con el único objetivo de dictaminar las Cuentas del Consorcio. A tal efecto los pertenecientes a candidaturas independientes se entenderán como pertenecientes a un solo grupo político.

c) En materia de personal:

Dirigir la política de personal, cualquiera que sea su régimen jurídico.

Aprobar la plantilla de personal del Consorcio.

Aprobar los convenios Colectivos de personal laboral.

Determinar el sistema por el que se designarán a los funcionarios con habilitación nacional que deba tener el Consorcio.

d) Sobre otras competencias:

Aquellas atribuciones que la legislación local atribuye a los Plenos de los Ayuntamientos por exigir su aprobación una mayoría específica.

Las demás competencias atribuidas por las Leyes a los Plenos municipales y que en estos Estatutos no se atribuyan a otro órgano.


El Consejo de Dirección


Está integrado por los siguientes miembros:

El Presidente.

Ocho vocales, elegidos por la Junta General, a propuesta del Presidente, entre los representantes miembros del Consorcio.

Formarán parte del Consejo, con voz pero sin voto el Gerente y los funcionarios que desempeñen la Secretaría e Intervención del Consorcio.

El Consejo de Dirección tiene las siguientes funciones:

Las que le sean delegadas expresamente por la Junta General y por el Presidente.

Informar el Proyecto de Presupuesto anual, incluida la plantilla de personal.

Dictaminar el proyecto de Reglamento de Régimen Interior y cuantos se elaboren para el buen funcionamiento del Consorcio.

La aprobación de toda clase de acciones y la adopción de acuerdos para personarse y oponerse en los litigios que intervenga el Consorcio.

Aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y la creación de bolsas de empleo para sustituciones.

Propuesta de incorporación o separación de miembros del Consorcio.

Las modificaciones de créditos que no supongan aumento de las cuotas de los entes consorciados, ni modificación de los servicios, de la plantilla o de las inversiones ya previstas en el presupuesto, ni precisen de operaciones de crédito para su financiación.

El reconocimiento extrajudicial de créditos de ejercicios anteriores por gastos corrientes si no necesita de aumentos en las previsiones presupuestarias.

Aprobar los convenios de colaboración no reservados a la Junta General.

Requerir a la Comunidad Autónoma o a la Administración Central la retención del importe de las aportaciones no satisfechas en los plazos previstos por los entes consorciados, para su posterior ingreso en las arcas del Consorcio, dando cuenta de ello al ente afectado.


Miembros del Consejo de Dirección:

Abdeslam Lucena. Presidente del CPB Málaga y diputado provincial.

María Francisca Caracuel García. Vicepresidenta del CPB Málaga y diputada provincial.

Ignacio Mena Molina. Vicepresidente del CPB Málaga y diputado provincial.

Manuel Jesús Barón Ríos. Alcalde de Antequera.

Fernando Fernández Tapia-Ruano. Alcalde de Coín.

María de la Paz Fernández Lobato. Alcaldesa de Ronda.

Francisco Ignacio Delgado Bonilla. Alcalde de Vélez-Málaga.

Manuel Sánchez Sánchez. Alcalde de Archidona.

Adolfo Moreno Carrera. Alcalde de Periana.

ORGANIZACIÓN OPERATIVA

Zona 1 (Norte)

La Zona 1 está constituida por los municipios de Alameda, Almargen, Almogía, Antequera, Archidona, Ardales, Campillos, Cañete la Real, Casabermeja, Colmenar, Cuevas Bajas, Cuevas de San Marcos, Fuente de Piedra, Humilladero, Mollina, Sierra de Yeguas, Teba, Valle de Abdalajís, Villanueva de Algaidas, Villanueva de la Concepción, Villanueva de Tapia, Villanueva del Rosario, y Villanueva del Trabuco.

Los municipios de la Zona 1 suman una superficie de 2.619,3 kilómetros cuadrados y una población de 131.688 habitantes, con una densidad de población de 50 habitantes por kilómetro cuadrado.



Zona 2 (Oriental)

La Zona 2 está formada por los municipios: Alcaucín, Alfarnate, Alfarnatejo, Algarrobo, Almáchar, Árchez, Arenas, Benamargosa, Benamocarra, El Borge, Canillas de Aceituno, Canillas de Albaida, Comares, Cómpeta, Cútar, Frigiliana, Iznate, Macharaviaya, Moclinejo, Nerja, Periana, Rincón de la Victoria, Riogordo, Salares, Sayalonga, Sedella, Torrox, Totalán, Vélez-Málaga y Viñuela.

Las localidades de la Zona 2 cuentan con una superficie de 957,3 kilómetros cuadrados en los que hay una población censada de 194.732 personas, lo que supone una densidad de población de 203 habitantes por kilómetro cuadrado.



Zona 3 (Occidental)

La Zona 3 se compone por los municipios de Algatocín, Alpandeire, Arriate, Atajate, Benadalid, Benalauría, Benaoján, Benarrabá, Cartajima, Cortes de la Frontera, Cuevas del Becerro, El Burgo, Faraján, Gaucín, Genalguacil, Igualeja, Jimera de Líbar, Jubrique, Júzcar, Montejaque, Parauta, Pujerra, Ronda, Manilva, Casares, Benahavís e Istán, así como las entidades locales autónomas de Montecorto y Serrato.

El área operativa de la Zona 3 abarca una superficie de 1.831,8 kilómetros cuadrados en los que hay una población censada de de 82.888 habitantes, con una densidad de población de 45 habitantes por kilómetros cuadrado.



Zona 4 (Centro)

La Zona 4 incluye los municipios de Alhaurín de la Torre, Alhaurín el Grande, Álora, Alozaina, Carratraca, Cártama, Casarabonela, Coín, Guaro, Monda, Ojén, Pizarra, Tolox y Yunquera.

El área operativa de la Zona 4 da cobertura a una superficie de 1.107,3 kilómetros cuadrados en los que existe una población censada de de 142.698 personas, lo que supone una densidad de población de 128 habitantes por kilómetros cuadrado.




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