lunes, 28 de julio de 2014

Efemérides Perianenses, 28 de julio, conmemoración 5º aniversario de Periana y Pedanías.



EFEMÉRIDES PERIANENSES

Por José Manuel Frías Raya

28 DE JULIO

MIÉRCOLES 28 DE JULIO DE 1852

         Diego Guerrero del Castillo, juez de primera instancia del Colmenar y su partido, hizo público el siguiente edicto.

         Por el presente se cita, llama y emplaza por término de 30 días a Antonio y José Mostazo vecinos de Alcaucín, María Dolores Mostazo y Antonio Bueno Toledo que lo son de Periana, para que dentro de los nueves primeros días siguientes, se presenten en la cárcel pública de esta villa, a oír y defenderse de los cargos que les resultan en la causa que se les sigue sobre rapto verificado en la persona de María Ramos Postigo vecina de Chilches, habitante en el cortijo de Los Ureas, término de Periana; apercibidos que de no verificarlo se sentenciará la causa en su ausencia y rebeldía, entendiéndose las providencias que se dicten con los estrados del tribunal y les parará el perjuicio que haya lugar.



MARTES 28 DE JULIO DE 1885

         Copiado textualmente del Boletín Oficial de la Provincia.

Alcaldía Constitucional de Periana

Emilio de San Martín Villa, secretario del Ayuntamiento de esta villa.

Certifico: Que en el libro de sesiones donde constan las tenidas por el Ayuntamiento y Junta Municipal, se encuentra una que entre otros particulares comprende el que copiado literalmente dice así:

En esta villa de Periana a doce de julio de mis ochocientos ochenta y cinco, siendo las doce horas del día, se reunieron los señores del Ayuntamiento e individuos de la Junta municipal, previa convocatoria al efecto.

Contados los asistentes por el señor Alcalde y resultando mayoría relativa que dispone la Ley, para celebrar esta sesión pública extraordinaria, el señor Presidente declaró abierta esta, dándose cuenta de la circular del Excmo. Sr. Gobernador civil de la provincia, fecha cuatro del corriente mes, inserta en el Boletín Oficial correspondiente al día siete del actual, por la que se impone al Ayuntamiento y Junta municipal, el deber de revisar el presupuesto ordinario para el año económico presente a fin de armonizarlo con las modificaciones introducidas por las leyes 16 y 18 de junio último
        
Informados los señores en la lectura de la expresada circular y teniendo a la vista el presupuesto devuelto a este fin por el señor Gobernador procedieron a su revisión en la forma siguiente.

PRESUPUESTOS DE GASTOS

Revisados los gastos que comprenden los capítulos 1º al 5º inclusive, ninguna modificación se acordó hacer en virtud a ser todas de carácter obligatorio sin que se pudiese por lo tanto hacer ninguna economía.

Capítulo 6º.- Obras públicas: la corporación teniendo a la vista  la circular del Ilmo. Sr. Director de Beneficencia y Sanidad fecha 20 de diciembre último por la cuál se ordena que a toda costa deben cerrarse los cementerios que se encuentran en malas condiciones higiénicas y hallándose en estas condiciones por estar inmediato a esta población el que existe en esta localidad, según el estado demostrativo de la Dirección General de Beneficencia y Sanidad inserto en el Boletín Oficial número 8, correspondiente al día 9 de enero del presente año, por unanimidad de votos acordaron prestar el debido cumplimiento a dichas disposiciones y al efecto, suprimían la cantidad de cuatrocientas cincuenta pesetas comprendidas en el artículo 11 de este capítulo y presupuestaban en el artículo 12 para adquisición de terrenos, formación de plano y presupuesto de un nuevo cementerio la cantidad de dos mil pesetas, ordenándose se forme relación de esta gasto y se una al presupuesto.

Capítulo 7º.- Figuran en el artículo cuarto de este capítulo la suma de mil trescientas setenta y tres pesetas, como gastos de la cárcel del partido judicial, y siendo la parte que corresponde a este pueblo, según la derrama hecha por el Ayuntamiento de Colmenar la de mil ciento noventa y una peseta y sesenta céntimos, fijaban esta cantidad como gasto, resultando una economía de ciento ochenta y una peseta treinta y cinco céntimos.

Capítulo 10º.- Se dio cuenta de una carta del Presidente del Círculo de la Unión Mercantil de Madrid y de la Comisión ejecutiva de obras en Andalucía, por la cual se manifiesta el acuerdo de dicho Circulo para construir dos escuelas, siempre que se les proporcione por el Ayuntamiento solares para construirlas y en su vista se acordó presupuestar en el artículo 8º de este capítulo la cantidad de quinientas pesetas para dicho objeto.

Capítulo 11.- Ninguna alteración se acordó hacer a la cantidad fijada en este capítulo.

         Asciende con las reformas introducidas, los gastos obligatorios, voluntarios e imprevistos a la cantidad de cuarenta y tres mil setecientas ochenta y dos pesetas y sesenta y cinco céntimos.
Presupuesto de ingresos

         Revisado el presupuesto de ingresos ninguna modificación se acordó hacer respecto de los capítulos 1º al 8º inclusive.

Capítulo 9º.- Recursos legales para cubrir el déficit.

Art. 1º. Resultando del señalamiento de la riqueza territorial a este pueblo una baja de veinte y cinco mil novecientas ocho pesetas veinte y siete céntimos por riqueza urbana destruida a consecuencia de los terremotos y que la cuota señalada para el Tesoro asciende a cuarenta y dos mil quinientas treinta y seis pesetas acordaban fijar el recargo municipal del 16 por 100 sobre dicha cuota que importa seis mil ochocientas cinco pesetas setenta y seis céntimos.
Art. 2º.- De propio modo se acordó imponer el 16 por 100 de recargo sobre las cuotas de tarifa de los industriales matriculados, fijando dicho recargo en la cantidad de ciento setenta y cinco pesetas.

Art. 3º. De conformidad con lo ordenado en la disposición 4ª de la circular del señor Gobernador civil fecha cuatro del correspondiente acordaban el recargo municipal de 100 por 100 sobre las especies de consumos comprendidas en la tarifa del Estado y que por dicho concepto se satisface al Tesoro en este pueblo, fijando dicho recargo en la cantidad de trece mil novecientas cincuenta y ocho pesetas sesenta y siete céntimos.

Art. 4.- Del propio modo se acordó la imposición del recargo de 50 por 100 sobre cédulas personales y ascendiendo el padrón formar a este fin a la cantidad de mil una pesetas, cincuenta céntimos, fijaban el expresado recargo en quinientas pesetas y setenta y cinco céntimos, cuyo recargo dejó de utilizarse al formarse el presupuesto; y hallándose el padrón de cédulas personales en poder del Sr. Administrador de Propiedades e Impuestos de la provincia para la aprobación del mismo acordaron se remitiese a dicho Sr. Administrador copia certificada de este acuerdo.

         Ascienden los gastos obligatorios, voluntarios e imprevistos a la cantidad de cuarenta y tres mil setecientas ochenta y dos pesetas y sesenta y cinco céntimos, y los ingresos de los artículos 1º, 2º, 3º y 4º del capítulo 9º a la cantidad de veinte y un mil cuatrocientas cuarenta pesetas y diez y ocho céntimos, resultado un déficit de veinte y dos mil trescientas cuarenta y dos pesetas y cuarenta y siete céntimos.

         Abierta discusión respecto de la forma de cubrir el déficit que resulta, se acordó por unanimidad de votos cubrir dicha cantidad por medio de un repartimiento general entre estos vecinos en la forma que determinan los artículos 136 y siguientes de la Ley municipal, con cuya cantidad quedan nivelados los gastos y los ingresos de este presupuesto.

Del propio modo se acordó que por la Alcaldía se fijen edictos en los sititos públicos de esta localidad anunciando hallarse de manifiesto por término de ocho días en la secretaria de la corporación el presupuesto con las modificaciones que se han introducido por medio de la presente revisión, para que durante dicho periodo puedan presentar las reclamaciones que juzguen convenientes.

El particular preinserto es copiado a la letra del original a que me remito. Y para que conste y surta sus efectos pongo el presente que firmo con el Vº. Bº. del Sr. alcalde en Periana a doce de Julio de mil ochocientos ochenta y cinco. El secretario, Emilio de San Martín.- Vº.Bº. El alcalde, Rafael Núñez.


JUEVES 28 JULIO 1904

Rafael Núñez Barroso, alcalde constitucional de Periana, hizo público el siguiente edicto.

Hago saber: Que por acuerdo del ayuntamiento de mi presidencia, fecha primero del actual, se sacan a pública subasta en venta y renta las fincas rústicas y urbanas adjudicadas al pósito municipal de esta villa por el importe de adjudicación en venta y por la cantidad que expresamente se señala a cada una en el presente edicto en renta, cuyo acto tendrá lugar en el salón capitular de estas casas consistoriales el día que haga treinta días, contados desde el siguiente al en que aparezca inserto el presente edicto en el B.O. de esta provincia y hora de doce a catorce del expresado día.

Dicha subasta será presidida por mi autoridad y se celebrará por el sistema de puja a la llana, no admitiéndose proposiciones que no cubran el tipo señalado tanto en venta como en renta. Para hacer postura será condición indispensable depositar previamente en la caja municipal el 5 por ciento de los tipos fijados a cada predio, pudiéndose hacer proposiciones a pagar a plazos que no excedan de 10 años con la expresa condición de abonar el rematante el interés del 6 por ciento anual por el capital que retenga en su poder, no celebrándose por esta causa escritura de transferencia de pleno dominio a favor del rematante; hasta que no se hayan realizado todos los plazos con los intereses; bajo cuyas bases y condiciones se subastarán las fincas rusticas y urbanas ya expresadas y que con todos sus detalles a continuación se expresan:

1º.- Una casa en la calle de Málaga número 3, embargada a Francisco Barroso Frías por el débito que tenía de trigo y metálico, lo que representa por principal, creces y costas.
Tipo de remate.  En venta 3.077´88 pesetas.  En renta 125 pesetas.

2º.- Otra casa situada en la calle Quinta número 1, embargada a Antonio Toledo Morales, por débito de trigo que tenía y representa.
Tipo de remate.  En venta 1.324´34 pesetas.  En renta 75 pesetas.

3º.- Seis fanegas de tierra divididas en tres suertes en la Muela de este término que se embargaron a Diego Morales Mostazo por débito que de trigo tenía; las que representan por principal, creces y costas.
Tipo de remate.  En venta 66´81 pesetas.  En renta 50 pesetas.

4º.- Una suerte de tierra de dos y media fanegas en el partido del Encinar que fue embargada a Antonio Fernández Muñoz por el débito que de trigo tenía y que representa por principal, cruces y costas.
Tipo de remate.  En venta 174´16 pesetas.  En renta 15 pesetas.

5º.- Una suerte de tierra de tres fanegas poblada de árboles en el Algarrobal, embargada y adjudicada por el débito de trigo que tenía Remedios Núñez Barroso, que representa por principal, creces y costas.
Tipo de remate.  En venta 2.648´21 pesetas.  En renta 50 pesetas.


JUEVES 28 DE JULIO DE 1966

         El alcalde de Periana, Antonio Ruiz García, hizo público el siguiente edicto.
        
         Aprobado por el Ayuntamiento el proyecto de presupuesto extraordinario, formado para atender a las obras de urbanización del paseo de Bella Vista y entrada del Barrero y arreglo de varias calles de este municipio, estará de manifiesto al público en la secretaria de este Ayuntamiento por espacio de quince días, con arreglo a los dispuesto en el articulo 696 de la vigente Ley de Régimen Local, durante cuyo plazo se podrán formular respecto al mismo las reclamaciones que se estimen convenientes.





MARTES 28 DE JULIO DE 1970

         Dos helicópteros tipo Augusta Bell-47-G4, pertenecientes a la casa especializada Hellservicio, S. A., de Madrid, estaban procediendo, en Periana, a una fumigación masiva contra la mosca del olivo (Dacus olease). Tanto los productos empleados como los trabajos aéreos estaban subvencionados por el Ministerio de Agricultura.  Los agricultores sólo debían pagar los jornales de los hombres que colaboraban con los helicópteros.


MARTES 28 DE JULIO DE 1992

         Informaba la prensa de que Pedro Pérez Fernández, secretario de Estado de Economía, nacido en Periana, sería nombrado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía presidente del Consejo Social de la Universidad de Málaga.


SÁBADO 28 DE JULIO DE 2007

         El delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga, José Luis Espejo, inauguró la plaza que Periana dedicó a Dolores Palomo Ruiz, conocida popularmente como “La Perdigona”.


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